Reglamento

REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA PEDAGÓGICA “EUDORO DÍAZ” 

Carta de Compromiso con los usuarios  

¿Quiénes son nuestros usuarios?

  • Docentes en actividad y jubilados
  • Estudiantes de todos los niveles y modalidades
  • Niños en edad escolar y preescolar
  • Investigadores
  • Bibliotecarios en actividad y estudiantes de la carrera
  • Público en general

¿Qué servicios prestamos con atención personalizada?

  • Referencia y asesoramiento bibliográfico y multimedial
  • Préstamos para consulta en Sala de lectura
  • Préstamos a domicilio de libros
  • Consulta y/o préstamo de material especializado para perfeccionamiento docente en todos los niveles y modalidades
  • Préstamo interbibliotecario
  • Sección de Hemeroteca – Consulta en Sala de revistas especializadas
  • Actividades de extensión cultural
  • Visitas guiadas para escuelas primarias, secundarias y terciarias.
  • Difusión de las actividades culturales educativas y recreativas de la ciudad.

¿Qué derechos queremos garantizar?

Nuestro objetivo es garantizar democráticamente el uso de los recursos disponibles y fomentar el crecimiento profesional, personal y espiritual de niños, jóvenes y adultos que nos visitan a diario. Para ello, los usuarios tienen los siguientes derechos:

  • Acceder en forma libre y gratuita al servicio de consulta en las instalaciones de la biblioteca.
  • Acceder al reglamento de la institución.
  • Asociarse a la biblioteca, conforme a los requisitos establecidos y acceder al préstamo de material a domicilio.
  • Recibir el trato cortés y eficiente de todo el personal especializado de la Biblioteca.

¿Cuál es el compromiso del usuario?

  • Conocer y respetar horarios y disposiciones referidos a la consulta y acceso al material bibliográfico.
  • Aceptar las sanciones que se le impongan por mora y/o reclamos.
  • Favorecer con su actitud y comportamiento el clima de trabajo en las distintas salas de lectura, respetando a los otros usuarios y al personal de la biblioteca.
  • Cuidar sus pertenencias. En ningún caso el personal de la Biblioteca será responsable por pérdidas o extravíos de los elementos personales.
  • Mantener el silencio.
  • Mantener la limpieza y el cuidado del espacio de estudio. 

Reglamento para el lector 

Servicio de lectura en Sala:

Art. 1º- La Biblioteca Provincial Pedagógica “Eudoro Díaz” es pública y tendrán acceso a sus salas de lectura cuantas personas quieran consultar su material bibliográfico, siempre que respeten las condiciones establecidas en el presente reglamento.-

Art. 2º- El horario de funcionamiento de la biblioteca es: de LUNES A VIERNES de 8 a 19:45 hs.

Art. 3º- Todo lector deberá presentar su documento de identidad cuando el personal de la biblioteca se lo requiera.

Art. 4º- Quince minutos antes de la hora del cierre, no se atenderán más pedidos de los lectores en sala, ni préstamos, renovaciones, devoluciones, etc.-

Art. 5º- Todo lector que ingrese a las salas de lectura deberá respetar las normas que regulan el funcionamiento de las mismas.

Art. 6º- El lector que abandone circunstancialmente las salas de lectura entregará al bibliotecario el material de las estanterías cerradas que esté utilizando.-

Art. 7º- Los libros que se retiran de las estanterías abiertas, deben dejarse sobre las mesas o entregarse a los bibliotecarios, no volverse a guardar.

Art. 8°- El lector podrá solicitar hasta 3 obras a la vez.-

Servicio de préstamo de libros a domicilio:

Art. 9º- Podrá beneficiarse con este servicio, toda persona que se asocie al Registro de lectores a domicilio

Art. 10º- Todo lector podrá tener un total de 3 libros en su poder.-

Art. 11º- La Biblioteca también prestará a domicilio el siguiente material: CD – DVD. El préstamo de este material es independiente respecto de los libros, pudiendo retirar 2 títulos como máximo y por el plazo establecido en el documento.

Art. 12º- Todo lector deberá efectuar personalmente los pedidos de préstamo a domicilio.-

Art. 13º- Los préstamos, de no mediar reserva, podrán ser renovados.

Art. 14º- El lector que haya realizado una devolución, antes de retirarse deberá cerciorarse de que se haya dado la baja en la base de datos.-

Art. 15º-Todo lector que deteriore o extravíe algún material en préstamo deberá reponerlo. En los casos en que el material no se pueda ubicar en plaza, la Dirección determinará al respecto.-

Art. 16º- La Biblioteca reclamará los préstamos en mora por teléfono, por correo electrónico, en el domicilio del usuario o en el lugar donde desempeña su actividad.-

Art. 17º- El lector que no devuelva en término el material de la biblioteca, perderá su derecho a obtener nuevos préstamos.-

Sanciones por incumplimiento:

Art. 18º- a) – A la primera falta, el lector será advertido en su perfil de socio.

b) – A la segunda transgresión, se lo suspenderá el día de la entrega y se le advertirá por segunda vez en su perfil de socio.

c) – A la tercera advertencia, se lo suspenderá de acuerdo a la mora en que haya incurrido.-

Servicio de Préstamo de Netbooks

Art. 19º- Requisitos para el préstamo:

  • Puede hacer uso del servicio de cualquier persona individual que cuente con un carné de identidad. 
  • Este servicio también se presta a instituciones educativas oficiales para la realización capacitaciones acordes con la misión de la institución. 
  • El servicio se realiza exclusivamente en la sala de lectura del primer piso de la biblioteca.
  • Los días de préstamo están sujetos a las políticas de demanda. 
  • Los préstamos se realizan de 8.00 a 17.00 hs. 

Art. 20º- Préstamo personal de Netbooks 

  • El usuario debe identificarse previamente con su DNI o documento que acredite su identidad. Mientras se esté haciendo uso del equipo se retendrá dicho documento y se procederá a su devolución al hacer entrega del mismo.
  • El usuario que solicita un equipo en préstamo deberá manifestar el conocimiento de este reglamento, reconociendo la responsabilidad económica si pierde o daña el equipo.
  • La duración del servicio será de una hora, pudiendo renovar la sesión cuando lo permita la demanda de equipos del momento.
  • El equipo debe ser devuelto encendido con todos sus componentes y accesorios en buen estado, el personal de la biblioteca comprobará el estado del dispositivo en presencia del usuario.

Art. 21º- Préstamo de Netbooks para capacitaciones:

  • El coordinador de la capacitación debe reservar con anticipación la cantidad de equipos a utilizar, especificando necesidades y/o requerimientos en los mismos.
  • La duración del servicio debe quedar estipulada previamente, dependiendo de las necesidades del curso.
  • Los equipos deben ser devueltos encendidos con todos sus componentes y accesorios en buen estado, el personal de la biblioteca debe comprobar el estado de  los dispositivos en presencia del capacitador y guardarlos.

Art. 22º- Condiciones de uso:

  • El usuario es totalmente responsable del equipo prestado, de su custodia y cuidado durante el periodo de consulta. 
  • Cualquier anomalía o mal funcionamiento del equipo debe comunicarse al personal de la biblioteca. 
  • El usuario no puede manipular ni modificar las aplicaciones y los componentes del dispositivo prestado. No debe desarmar el equipo, ya sea en parte o en su totalidad, ni exponer los equipos a temperaturas muy altas o muy bajas.
  • Todos los datos almacenados por el usuario durante el periodo de consulta deben ser eliminados en el momento de su devolución.
  • La Biblioteca no proporciona dispositivos de almacenamiento de datos y no se hace responsable de la pérdida de la información que pudiera producirse. 
  • Al usuario que haga uso indebido del equipo y de los contenidos digitales, se le aplicará una sanción establecida en este reglamento.

Art. 23º- Sanciones:

Por retraso en la devolución, pérdida o deterioro. 

  • Las sanciones por retraso en la devolución consisten en la suspensión de los servicios de préstamos. 
  • En caso de extravío, destrucción o deterioro del dispositivo el usuario deberá proceder a la reposición por otro de iguales características o, en su caso, al reembolso de su precio vigente. 

Servicio de Préstamo de Libros Objeto

Art. 24º- Requisitos para el préstamo:

  • Puede hacer uso del servicio cualquier persona que trabaje en alguna institución educativa, ya sea docente, bibliotecario, promotor/mediador de lectura.
  • El préstamo es institucional. 
  • Se solicita la reserva por mail.
  • Deben traer firmado al momento del préstamo un formulario con el aval de un directivo de la institución que represente.
  • Los préstamos se realizan de lunes 8.00 a 19.30 hs. 
  • Las devoluciones los viernes entre las 8.00 y las 19:30 hs.
  • Tanto en el momento de la entrega como de la devolución de un Libro Objeto, el personal bibliotecario a cargo deberá corroborar que estén completos los materiales dentro de sus respectivos estuches, coincidiendo con el listado detallado en cada una de las etiquetas de control.  

Art. 25º- Condiciones de uso 

  • Los Libros objeto no son juguetes, fueron concebidos, construidos y pensados para ser manipulados por adultos.
  • El usuario/la institución que retira el material son responsables del material prestado, de su custodia y cuidado durante el periodo de consulta. 
  • Cualquier anomalía o mal funcionamiento del Libro Objeto debe comunicarse al personal de la biblioteca. 

Servicio de Préstamo de alargues, prolongadores, auriculares:

Art. 26º- Requisitos para el préstamo 

  • Puede hacer uso del servicio cualquier persona individual que cuente con un carné de identidad o pasaporte. 

Disposiciones finales

Art. 27º- La Dirección de la Biblioteca está facultada a negar la prestación de los servicios bibliotecarios a aquellas personas que, a su juicio, puedan constituir un obstáculo para el normal funcionamiento de la institución.-

Art. 28º- Toda queja del lector con respecto a la atención deberá ser dirigida a la Dirección, debidamente fundamentada y por escrito.